top of page

HOMOFOBIA EN LA SOCIEDAD

 

Marco legislativo internacional sobre la homosexualidad

La ONU y la UE han establecido principios internacionales respecto de la homosexualidad, vinculantes para sus estados miembros. Este el caso de los Principios de Yogyakarta, que extienden explícitamente la Declaración Universal de los Derechos Humanos a las personas homosexuales, bisexuales, transexuales y transgénero.

 

Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

 

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 

 

Previamente, en 1994, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas dictaminó que la prohibición y consecuente penalización de los comportamientos homosexuales vulneraban los derechos a la privacidad y no discriminación.

En el año 2000, la UE, en el apartado (1) del artículo 21 de «Derecho de no discriminación» de su Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, censura legalmente la discriminación por motivos de orientación sexual:

 

Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.

 

Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea

 

 

Este mismo documento, sin embargo, establece en su noveno artículo que la legislación matrimonial es privativa de cada uno de los estados miembros, por lo que la posibilidad de matrimonio entre personas del mismo sexo se regula en los marcos jurídicos estatales:

 

Se garantizan el derecho a contraer matrimonio y el derecho a fundar una familia según las leyes nacionales que regulen su ejercicio.

 

Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

 

 

Finalmente, algunas organizaciones de peso específico en derechos humanos, como Amnistía Internacional4 o Human Rights Watch trabajan regularmente en la desaparición de la discriminación por motivos de orientación sexual o de género.

Debate en las Naciones Unidas

En 2008, el gobierno de Francia mediante su embajador en las Naciones Unidas, solicitó que la homosexualidad fuera despenalizada a nivel mundial. Ante esta solicitud, el Vaticano y la Organización de la Conferencia Islámica se pronunciaron en contra de la resolución: aunque el Vaticano sigue sin firmar la declaración abogó para que todo signo de discriminación injusta hacia las personas homosexuales se eviten.

 

La Resolución obtuvo el voto de 66 países a favor de la despenalización, incluyendo todos los países miembros de la Unión Europea, la mayoría de países de América Latina, entre ellos Cuba, además de Japón, Israel, Gabón, Australia y Nueva Zelanda, entre otros. Aunque en el primer momento Estados Unidos no firmó la declaración, la administración de Obama anunció la firma de la declaración en marzo de 2009.

 

Rusia y China no firmaron el acuerdo, lo cual fue rechazado por algunos sectores sociales. En gran parte de los casos, hubo criterios diferentes en la despenalización y algunos países prefirieron mantener el asunto tal y como venía. En los debates de la ONU, el asunto sigue en una discusión reñida.

 

bottom of page